Aviso de Privacidad - Sistema de Atención Mexiquense (SAM)

La Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas de la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, es la unidad administrativa facultada para recibir a través del SAM, las denuncias por presuntos actos u omisiones que pudieran constituir faltas administrativas, en la que la persona interesada, proporciona datos personales cuyo tratamiento y protección deberá apegarse a los dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, con el objeto de que conozca la manera en que protegemos sus datos y los derechos con que cuenta en torno a esta materia, el cual tiene su fundamento en el artículo 21 fracciones XXVI y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno”, el 20 de diciembre del 2023.

Los datos personales que se registran cuyo tratamiento y protección deberá apegarse a los dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Por lo que, con el objeto de que conozca la manera en que protegemos sus datos y los derechos con que cuenta entorno a esta materia, se le informa:

¿A quién va dirigido el presente aviso de privacidad?

A las personas que desean presentar denuncias en contra de personas servidoras públicas, ciudadanos o empresas relacionadas con el Gobierno del Estado de México.

¿Qué es un aviso de privacidad y cuál es su utilidad?

El aviso de privacidad es el documento físico, electrónico o en cualquier formato generado por el responsable que es puesto a disposición del titular con el objeto de informarle el propósito del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales

El aviso de privacidad tiene como propósito informar que los datos personales, serán tratados conforme a los principios de licitud, finalidad, legalidad, consentimiento, calidad, información, necesidad, proporcionalidad, protección por diseño y por defecto, transparencia y responsabilidad, en el tratamiento de los datos personales, a fin de que el titular pueda tomar decisiones informadas con relación a sus datos personales y mantenga el control y disposición de la información que le corresponde.

Asimismo, el aviso de privacidad permite al responsable transparentar el tratamiento o uso que da a los datos personales que están en su posesión, así como los mecanismos que tiene habilitados para que los titulares ejerzan sus derechos con relación a su información personal, lo que, sin duda, fortalece el nivel de confianza del titular con relación a la protección de sus datos personales.

¿Qué es un dato personal?

Se considera dato personal a cualquier información concerniente a una persona física o jurídica colectiva identificada o identificable, establecida en cualquier formato o modalidad y que esté almacenada en sistemas y/o bases de datos.

¿Qué es un dato personal sensible?

Son datos personales referentes a la esfera más íntima de su titular, cuya utilización indebida puede dar origen a discriminación o conlleva un riesgo grave para éste.

De manera enunciativa, más no limitativa, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, información de salud física o mental, información genética, datos biométricos, firma electrónica, creencias religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical, opiniones políticas y preferencia sexual.

¿Qué es tratamiento de datos personales?

Las operaciones efectuadas por los procedimientos manuales o automatizados aplicados a los datos personales, relacionadas con la obtención, uso, registro, organización, conservación, elaboración, utilización, comunicación, difusión, almacenamiento, posesión, acceso, manejo, aprovechamiento, divulgación, transferencia o disposición de datos personales.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, se hace de su conocimiento lo siguiente:

  1. La denominación del responsable:
  2. Secretaría de la Contraloría del Estado de México.

  3. El nombre y cargo del administrador, del Departamento de Personal de la Subdirección de Administración de Recursos, dependiente de la Coordinación Administrativa, de la Secretaría de la Contraloría:
    1. Nombre del Administrador: Lic. Miguel Cortés Islas.
    2. Cargo: Encargado de Despacho de la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas.
    3. Área o Unidad Administrativa: Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas.
    4. Correo Electrónico: miguel.cortes@secogem.gob.mx
    5. Teléfonos:
    6. Conmutador: 722 275 67 00
      Extensiones: 6581, 6625, 6616, 6689, 6964
      Líneas sin costo:

      • 800 466 37 86 (Honesto)
      • 8006969696 (CATGEM)

  4. El nombre del sistema de datos personales o base de datos al que serán incorporados los datos personales:
  5. Sistema de Atención Mexiquense (SAM).

  6. Con la finalidad de cumplir con el objeto del SAM, se podrá llevar a cabo el uso de los siguientes datos personales:

    De los denunciantes:
    1. Nombre.
    2. Domicilio de contacto.
    3. Teléfono celular particular.
    4. Teléfono fijo particular.
    5. Correo electrónico.

    De los servidores públicos presuntos responsables:
    1. Nombre.
    2. Cargo.
    3. R.F.C.
    4. Domicilio de trabajo.

  7. El carácter obligatorio o facultativo de la entrega de los datos personales.
  8. La negativa a proporcionar la información señalada produce como consecuencia que no se le solicite su intervención y/o en su caso, que se archive el expediente por falta de elementos. Al tratarse de un sistema informático de gestión de información que no tiene establecidos mecanismos de identificación y autenticación para el ciudadano, a fin de dar la posibilidad de presentar denuncias anónimas.

    Para poder ingresar información al SAM, se le solicitará indicar el carácter en el que acude (ciudadano, servidor público); su género (masculino, femenino); nombre, apellido paterno, entidad federativa, municipio o delegación, colonia, localidad, código postal, domicilio para recibir notificaciones (calle,número exterior y/o número interior).

    De manera adicional y facultativa, Usted podrá proporcionar su apellido materno, referencia de domicilio,teléfono y correo electrónico, así como pruebas y testigos de los hechos, lo cual permitirá identificarle de mejor manera y localizarle.

  9. Las consecuencias de la negativa a suministrarlos.
  10. Al tratarse de un sistema informático de gestión de información que no tiene establecidos mecanismos de identificación y autenticación para el ciudadano, a fin de dar la posibilidad de presentar denuncias anónimas, es responsabilidad del ciudadano tanto la veracidad de los datos proporcionados, como su precisión e idoneidad, por lo que, en caso de que no se indique información que permita identificar y/o localizar al ciudadano, tiene como consecuencia el que no se le podrá notificar para que amplié o modifique su denuncia y sea posible su intervención en el procedimiento administrativo.

  11. Las finalidades del tratamiento para las cuales se obtienen los datos personales, distinguiendo aquéllas que requieran el consentimiento de la o el titular.
    1. Finalidad principal de tratamiento: Contar con una base de datos que permita el registro de las denuncias por actos u omisiones de las personas servidoras públicas de las dependencias y organismos del Poder Ejecutivo que pudieran constituir faltas administrativas.
    2. Las bases de datos electrónicas se gestionan a través de un sistema informático disponible a través de internet, sistema que tiene como objeto ser el vínculo de comunicación de la ciudadanía con el Gobierno del Estado de México, para presentar vía electrónica, denuncias por la presunta actuación irregular de los servidores públicos de las Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública Estatal y en contra de particulares vinculados con faltas administrativas graves; asimismo, permite a las personas interesadas conocer el estatus de su trámite a través del folio que proporciona el sistema, y constituye una herramienta estadística e informativa, por lo que la base de datos registrados en el sistema deben ser tratados de conformidad con las disposiciones y limitaciones que marca la Ley.

      Por su parte, el tratamiento de datos personales de bases de datos físicas se realiza a través de los documentos y registros legales y administrativos, que se remiten a las autoridades competentes con motivo de la eventual integración de los expedientes de investigación y, en su caso, de responsabilidades, la calificación de la falta y elaboración del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa; los cuales se rigen conforme a las disposiciones legales conducentes.

      Con el propósito de que usted pueda identificar el tratamiento de sus datos personales y el modo en que se utiliza la información registrada, se le informa lo siguiente:

      Se considera titular de los datos personales a los usuarios del SAM, a quienes se les clasifica en los perfiles siguientes:

      1. Ciudadano.
      2. Administrador.
      3. Usuarios (servidores públicos autorizados a tratar los datos: servidores públicos con cuentas de usuario y contraseña, cuentas de trámite y atención, Órganos Internos de Control, Órganos Internos Control Municipales y de sus organismos auxiliares, y en general, a todo aquél que se le proporcione un usuario y contraseña con acceso al sistema.

      La persona interesada, a través del formulario electrónico disponible en la página web del SAM,mediante la aplicación “Denuncia EdoMex”, o en su caso, escritos libres, proporcionan datos personales y de identificación y localización para efectos de ser notificado del trámite de la denuncia que presenta; mismos que quedan registrados en el SAM.

      La información que se incorpora en el SAM debe ser tratada por disposición expresa en la Ley, por lo que una vez que se registra su información en el sistema, ésta queda sujeta a los tiempos de conservación que establecen la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios.

      En ese entendido, en el caso de denuncias, al tratarse de información de utilidad para el ejercicio de una función pública que se lleva a cabo de oficio en función del interés público de salvaguardar los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad,integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que deban ser observadas en la prestación del servicio público, en términos del artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, una vez que se incorporen en el SAM datos personales, independientemente de que se hayan proporcionado de manera física o electrónica, dicha información no podrá ser eliminada del sistema, hasta que se cumplan los supuestos de depuración y destrucción de documentos correspondientes.

      Asimismo, se hace del conocimiento que al momento en que proporcione los datos en el sistema electrónico y seleccione la opción “Siguiente”, usted manifiesta su consentimiento expreso sobre el tratamiento de sus datos personales, en los términos expuestos en el aviso de privacidad.

      En el caso de expedientes físicos, para cualquier información que el ciudadano proporcione y/o registre de manera adicional, el consentimiento para el tratamiento se entenderá otorgado a través de su firma en las actuaciones y promociones que correspondan.

      De los datos mencionados con anterioridad, consistentes en nombre y apellidos, domicilio particular, teléfono para contactar y correo electrónico, son considerados como confidenciales, al ser datos personales que afectan la esfera más íntima de su titular en función del tratamiento particular, cuya utilización indebida puede dar origen a discriminación o puede conllevar un riesgo grave a su titular, datos para los cuales no se requiere de consentimiento de su parte, debido a que constituye un requisito legal para ser notificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 122 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, 25 fracción I y 26 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, los cuales solamente pueden ser tratados por autorización expresa de su parte en términos del artículo 21 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, consentimiento que se sujeta a las reglas establecidas con anterioridad.

      Asimismo, resulta importante mencionar que sus datos personales se consideran información confidencial, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Del mismo modo, usted podrá autorizar en cualquier momento la publicidad y difusión de los datos personales que se consideran confidenciales, incluyendo los sensibles, lo que deberá constar de manera escrita, expresa e inequívoca.

      La entrega de los datos personales consistentes en: nombre, apellidos y domicilio particular, que se registran en el SAM, tiene como finalidad contar con los datos de localización, para establecer contacto y comunicación con usted a efecto de que comparezca a aportar mayores datos o indicios respecto de su denuncia, así como para que tenga la oportunidad de modificarla o aclararla y, en su caso, aportar los medios de prueba con lo que cuente a efecto de acreditar los hechos que manifiesta, de conformidad con los artículos 25 fracción I y 26 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

      Asimismo, se le informa que la conservación de los datos personales almacenados en el sistema, tanto de manera física, como electrónica, constituye una finalidad derivada del tratamiento de la información, por lo que, una vez emitido el último acuerdo de actuaciones del expediente respectivo, se estará a lo siguiente:

      • Cuando derivado de la tramitación de los expedientes se determine la conclusión y archivo el tiempo de conservación será hasta de seis años posteriores al año en el cual se emita el acuerdo de referencia, en función de los tiempos de prescripción de responsabilidades previstos en el artículo 78 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios, tanto para el asunto principal, como para las responsabilidades derivadas de las personas servidoras públicas encargadas de la tramitación del expediente. En este supuesto, los tiempos de conservación podrán ampliarse de manera indefinida,cuando se interpongan medios de defensa en contra de los actos derivados de la tramitación y resolución de dichos expedientes.
      • Si derivado de la tramitación de los expedientes se determina la existencia de actos u omisiones que la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, los tiempos de conservación del documento se ajustarán a los del procedimiento respectivo, en el cual, una vez que se hubiera cumplido la ejecutoria del asunto que hubiere quedado firme, deberá ser conservado hasta por cinco años posteriores, para los efectos de responsabilidades previstas en el párrafo anterior.
      • Los datos personales consistentes en: Datos de Identificación: Nombre y apellidos y Datos de localización: Domicilio particular, teléfono para contactar y correo electrónico, no podrán ser transmitidos o difundidos a persona alguna. Se le informa que no se consideran transmisiones los siguientes supuestos:

      • Las efectuadas entre el administrador y las realizadas entre unidades administrativas adscritas al mismo sujeto obligado en el ejercicio de sus atribuciones.
      • Las efectuadas a los Ayuntamientos a través de convenios de colaboración y coordinación que realizan para el uso del sistema para el cumplimiento de sus atribuciones.
      • Las efectuadas a la Fiscalía General de Justicia, el Poder Legislativo, Poder Judicial y Organismos Autónomos del Estado de México y otras autoridades de orden de gobierno distintos, en el ejercicio y cumplimiento de sus atribuciones.
      • Derivado de lo anterior, no se requiere el consentimiento del ciudadano para la entrega de los datos personales proporcionados, en virtud de entregarse a la autoridad competente.

        En los supuestos de los demás perfiles de usuario, se informa que son entregados a los servidores públicos usuarios del SAM, en el caso de ser procedente, mediante oficio; contando con un control de cuentas de usuarios del SAM; los nombres de usuario y contraseña, mismas que son responsabilidad exclusiva del titular de la cuenta y, por ende, son intransferibles, debido a que constituyen elementos de identificación y autenticación, por lo que cualquier trámite o acto realizados al amparo o bajo el uso de éstas representa una extensión de la voluntad física y, por tanto, es susceptible de producir efectos jurídicos, así como de exigir su eventual responsabilidad en términos de las disposiciones constitucionales, administrativas, civiles, penales o políticas que procedan. Cualquier vulnerabilidad o afectación en la confidencialidad de dichos datos deberá ser reportada ante el responsable del sistema de datos personales, a fin de que se establezcan alternativas de solución, ya sean de carácter preventivo o correctivo. La información será conservada durante el tiempo que permanezca en activo el servidor público, con la función registrada para tal efecto, una vez que ya no se actualice dicha situación, la información podrá ser conservada para una finalidad derivada y para efectos de responsabilidades, hasta por tres años posteriores al ejercicio en el cual se verifique lo anterior.

        En ese entendido, al no manifestar su oposición en los momentos y actos indicados, se entiende que existe consentimiento para el tratamiento de los datos personales listados, en los términos citados en este aviso de privacidad. El SAM, por características de diseño, no trata información sensible de perfiles distintos al ciudadano, por lo que, en caso de que los titulares carguen o registren datos personales sensibles, será bajo su más estricta responsabilidad, deslindando de cualquier obligación a la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas de la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México; en caso de que eventualmente se realice la carga o registro de información sensible en el sistema, no faculta ningún perfil de usuario para su tratamiento, a menos de que exista disposición en Ley que así lo permita, por lo que deberá protegerse en la medida en que resulte factible y establecer contacto con el Administrador del Sistema de Datos Personales para atender dicha eventualidad; para poder efectuar su tratamiento, carga o registro en el sistema, se deberá recabar el consentimiento expreso de su titular; la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas podrá eliminar o bloquear cualquier información de carácter sensible que se encuentre en el SAM cuando no se cuente con la evidencia de la autorización expresa, o de las excepciones aplicables, en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

    3. Finalidades secundarias: Generar estadística en torno al número de denuncias, ingresadas al SAM, con la finalidad de detectar áreas de oportunidad, así como la identificación de sectores susceptibles de actos u omisiones que pudieran constituir faltas administrativas.
    4. Se hace de su conocimiento que el periodo de conservación de los datos personales para efectos archivísticos y de administración de documentos podrá ser de hasta 25 años a partir de que se agote la temporalidad prevista en las finalidades señaladas con anterioridad, plazo previsto en el artículo 37 de la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios; una vez trascurrido dicho periodo los datos personales deberán ser destruidos, con excepción de los siguientes supuestos:

      • Los datos contenidos en los sistemas informáticos podrán ser conservados para fines estadísticos y de control, previo proceso de disociación en el que se eliminen los identificadores que hagan referencia al titular.
      • Solamente podrá ser conservada información de carácter histórico, cuando exista acuerdo o determinación que otorgue a la información tal carácter, por lo que los términos en los cuales se preservará la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información, se establecerán en los términos que se dispongan en materia de archivos, y, la temporalidad de la conservación de los documentos susceptibles de integrar dicha clasificación podrá ser ampliada en los términos que disponga la referida normatividad.

      La Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas podrá realizar procesos parciales y graduales de depuración de datos personales contenidos en sus archivos, conforme a las políticas y criterios institucionales que en materia de archivos, documentos y registros que emitan para tal efecto.


  12. Cuando se realicen transferencias de datos personales se informará:
  13. Fuera de los supuestos establecidos en el artículo 66 de la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, sus datos personales no podrán ser transferidos.

  14. Los mecanismos y medios estarán disponibles para el uso previo al tratamiento de los datos personales, para que la o el titular, pueda manifestar su negativa para la finalidad y transferencia que requieran el consentimiento de la o el titular.
  15. En congruencia con las finalidades para el tratamiento de sus datos personales, no se cuenta con medios para la negativa de la finalidad y transferencia.

  16. Los mecanismos, medios y procedimientos disponibles para ejercer los derechos ARCO, indicando la dirección electrónica del sistema para presentar sus solicitudes.
  17. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición comúnmente se conocen como derechos ARCO.

    Los derechos ARCO son independientes. El ejercicio de cualquiera de ellos no es requisito previo ni impide el ejercicio de otro.

    La procedencia de estos derechos, en su caso, se hará efectiva una vez que el titular o su representante legal acrediten su identidad o representación, respectivamente.

    El ejercicio de cualquiera de los derechos ARCO, forma parte de las garantías primarias del derecho a la protección de datos personales.

    Derecho de acceso. El titular tiene derecho a acceder, solicitar y ser informado sobre sus datos personales en posesión de los sujetos obligados, así como la información relacionada con las condiciones y generalidades de su tratamiento, tales como el origen de los datos, las condiciones del tratamiento del cual sean objeto, las cesiones realizadas o que se pretendan realizar, así como tener acceso al aviso de privacidad al que está sujeto el tratamiento y a cualquier otra generalidad del tratamiento, en los términos previstos en la Ley.

    Derecho de rectificación. El titular tendrá derecho a solicitar la rectificación de sus datos personales cuando sean inexactos, incompletos, desactualizados, inadecuados o excesivos.

    Derecho de cancelación. El titular tendrá derecho a solicitar la cancelación de sus datos personales de los archivos, registros, expedientes y sistemas del responsable a fin de que los mismos ya no estén en su posesión y dejen de ser tratados por este último.

    El responsable no estará obligado a cancelar los datos personales, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, que señala:

    1. Deban ser tratados por disposición legal.
    2. Se refieran a las partes de un contrato y sean necesarios para su desarrollo y cumplimiento.
    3. Obstaculicen actuaciones judiciales o administrativas, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas, afecten la seguridad o salud pública, disposiciones de orden público, o derechos de terceros.
    4. Sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular o de un tercero.
    5. Sean necesarios para realizar una acción en función del interés público.
    6. Se requieran para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular.

    Derecho de oposición. El titular tendrá derecho en todo momento y por razones legítimas a oponerse al tratamiento de sus datos personales, para una o varias finalidades o exigir que cese el mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, que señala:

    1. Cuando los datos se hubiesen recabado sin su consentimiento y éste resultara exigible en términos de esta Ley y disposiciones aplicables.
    2. Aun siendo lícito el tratamiento, el mismo debe cesar para evitar que su persistencia cause un daño o perjuicio al titular.
    3. Sus datos personales sean objeto de un tratamiento automatizado, el cual le produzca efectos jurídicos no deseados o afecte de manera significativa sus intereses, derechos o libertades y estén destinados a evaluar, sin intervención humana, determinados aspectos personales del mismo o analizar o predecir, en particular, su rendimiento profesional, situación económica, estado de salud, preferencias sexuales, fiabilidad o comportamiento.
    4. Cuando el titular identifique que se han asociado datos personales o se le ha identificado con un registro del cuál no sea titular o se le incluya dentro de un sistema de datos personales en el cual no tenga correspondencia.
    5. Cuando existan motivos fundados para ello y la Ley no disponga lo contrario.

    Dichos derechos se podrán ejercer indistintamente a través del Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México (Sarcoem, www.sarcoem.org.mx y/o www.plataformadetransparencia.org.mx) o en la forma que más convenga al titular, ya sea de manera escrita o verbal, directamente o a través de apoderado o representante legal, por correo certificado o servicio de mensajería.

  18. La indicación por la cual la o el titular podrá revocar el consentimiento para el tratamiento de sus datos, detallando el procedimiento a seguir para tal efecto.
  19. De manera general no aplica la revocación del consentimiento otorgado; no obstante, en el supuesto particular de que sí procediera dicha revocación, el usuario puede solicitar la revocación del consentimiento que, se hubiera otorgado para el tratamiento de sus datos personales, sin que se le atribuya a la revocación efectos retroactivos. Sin embargo, es importante considerar que no en todos los casos se podrá atender y/o concluir la solicitud de forma inmediata, ya que es posible que por alguna obligación legal o administrativa sea necesario continuar tratando sus datos personales; de manera independiente, a que dicha solicitud resulte improcedente.

    Aunado a ello debe considerar que esta acción puede ocasionar que no se le siga prestando el servicio solicitado o concluya el trámite que hubiera sido iniciado, debido a que la revocación en el tratamiento de los datos personales se podrá entender como desistimiento expreso en el procedimiento iniciado.

    Para solicitar la revocación de sus datos personales deberá ingresar un escrito libre, dirigido al Responsable del Sistema de Datos, en el cual indique lo siguiente:

    1. Nombre completo.
    2. Sistema de Datos Personales en el cual obra la información respectiva.
    3. Datos personales sobre los cuales se solicita la revocación.
    4. Manifestación de que conoce las consecuencias que conlleva la revocación y que las asume a su entero perjuicio.
    5. Firma autógrafa o huella digital.

    Una vez ingresado el escrito, deberá comparecer personalmente ante la Unidad de Transparencia que corresponda en el plazo de tres días hábiles siguientes a su presentación, a efecto de que le sean explicadas las consecuencias de la revocación y se ratifique su voluntad para llevar a cabo dicho acto, momento en el cual, en caso de ser procedente y de no encontrarse en los supuestos previstos en el presente aviso de privacidad, se procederá a su bloqueo por el periodo de tres meses y su posterior cancelación.

    Dada la naturaleza en el tratamiento de los datos personales, no se advierte la existencia de alguna opción o medio para limitar el uso o divulgación de sus datos; sin embargo, si usted considera que resulta viable implementar alguno, por favor hágalo del conocimiento del responsable del sistema de datos personales para su valoración.

  20. Opciones y medios que el responsable ofrezca a las o los titulares para limitar el uso o divulgación, o la portabilidad de datos.
  21. El SAM puede establecer opciones para facilitarle su uso, para lo cual se requerirán permisos o autorizaciones previstos por el propio sistema. En caso de que considere que el tratamiento no resulta adecuado conforme a las autorizaciones señaladas, se podrán establecer opciones para habilitar o deshabilitar las autorizaciones en el sistema, con las cuales podrá limitar el uso o divulgación de sus datos.

    El SAM es un sistema en un continuo proceso de mejora. En caso de que identifique algún módulo en el sistema en el que usted, como titular de los datos, advierta algún supuesto en que resulte pertinente limitar el uso o divulgación de sus datos y que el propio sistema no le brinde la opción respectiva, se le sugiere establecer comunicación con el responsable del sistema de datos personales, para que valore la pertinencia y procedencia de su solicitud.

  22. Los medios a través de los cuales el responsable comunicará a los titulares los cambios al aviso de privacidad.
  23. Estos son los términos que rigen el tratamiento al momento de la obtención de sus datos. Cualquier modificación que sufra el presente documento deberá ser reportada en el apartado identificado como "control de cambios".

    Sin embargo, el presente documento puede sufrir cambios, modificaciones y/o actualización en función de requerimientos legales, administrativos o de mejora, que eventualmente pueden cambiar los términos y/o condiciones en el tratamiento de sus datos personales, por lo cual, en caso de que sea su interés identificar el tratamiento vigente de sus datos personales o ejercer su derecho, se le invita a consultar el aviso de privacidad vigente, que se encuentra disponible para su consulta en la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y en la Unidad de Transparencia así como en el portal de la Secretaría de la Contraloría https://portal.secogem.gob.mx/acercade#Avisosprivacidad y https://www.secogem.gob.mx/SAM/AvisoPrivacidad.asp

  24. El cargo y domicilio del encargado, indicando su nombre o el medio por el cual se pueda conocer su identidad.
  25. Se precisa que, para efecto del presente sistema de datos personales, no existe encargado.

  26. El domicilio del responsable, y en su caso, cargo y domicilio del encargado, indicando su nombre o el medio por el cual se pueda conocer su identidad.
  27. La Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, se encuentra ubicada en el edificio "José María Morelos y Pavón", sito en Avenida Primero de Mayo, número 1731, esquina Robert Bosch, Colonia Zona Industrial, C. P. 50071, en el municipio de Toluca, Estado de México.

  28. El fundamento legal que faculta al responsable para llevar a cabo el tratamiento.
  29. Artículos 47 fracciones XVIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 96, 97, 98 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, 22 fracciones XXVI y XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, el 20 de diciembre 2023, Primero, Segundo, Cuarto, Quinto y Sexto, del Acuerdo por el que el Sistema de Atención Mexiquense, se Regula Conforme al Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, el 3 de mayo de 2019 y 1, 4 y 4.1 del Manual para la Atención y Trámite de los Asuntos que se Registran en el Sistema de Atención Mexiquense, publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, el 9 de diciembre de 2019.

  30. El procedimiento para que se ejerza el derecho a la portabilidad.
  31. En razón del procedimiento de que se trata, para el cumplimiento de las atribuciones establecidas en Ley, no le es aplicable el presente apartado.

  32. El Domicilio de la Unidad de Transparencia.
  33. La Unidad de Transparencia de la Secretaría de la Contraloría, se ubica en el edificio "José María Morelos y Pavón", sito en Avenida Primero de Mayo, número 1731, esquina Robert Bosch, 4to Piso, colonia Zona Industrial, C. P. 50071, en el municipio de Toluca, Estado de México, teléfono 722 1 67 94 09 extensiones 66156 y 66157.

  34. Datos de contacto del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, incluidos domicilio, dirección del portal informativo, correo electrónico y teléfono del Centro de Atención Telefónica, para que la o el titular pueda recibir asesoría o presentar denuncias por violaciones a las disposiciones de la Ley.
    1. Teléfonos:
      • Conmutador 722 226 19 80
      • CAT: 800 821 04 41
    2. Dirección del Portal Informativo: http://www.infoem.org.mx/
    3. Correo electrónico del Centro de Atención Telefónica (CAT): cat@infoem@org.mx
    4. Dirección: Calle Pino Suárez S/N; actualmente Carretera Toluca-Ixtapan, número 111, colonia La Michoacana,
      Metepec, Estado de México, C.P. 52166.



800 HONESTO (466 37 86),  800 696 96 96,  070
Avenida Primero de Mayo número 1731, colonia Zona Industrial C.P. 50071, Toluca, Estado de México
Secretaría de la Contraloría - Gobierno del Estado de México